Respuesta corta
La medicina prepagada es un contrato de servicios con una empresa vigilada por la Superintendencia Nacional de Salud. La póliza de salud es un seguro que expide una aseguradora vigilada por la Superintendencia Financiera. Para las dos necesitas EPS del régimen contributivo. Abajo, qué cambia al usarlas, según la norma y los clausulados.
Caso ilustrativo
Carlos tiene 50 años y vive en Cali. Quería atención médica privada para él, su esposa y su hija.
Un conocido le habló de «una prepagada» y le pasó el documento del plan.
Nos lo mandó por WhatsApp. Arriba decía «Condicionado general seguro de salud Gold Plus», de Allianz. No era medicina prepagada: era una póliza de salud.
Le explicamos qué cambiaba. Ese seguro cubre la hospitalización dentro y fuera de la red de Allianz, con los topes de su tabla de coberturas.
Luego revisamos tres puntos: quién vigila cada opción, cómo trata sus diagnósticos y desde cuándo cubre cirugías programadas. Con eso comparó con calma y decidió sabiendo qué firmaba.
Caso ilustrativo: no es un cliente real. Las condiciones vienen del clausulado de Allianz que citamos abajo.
Proteger lo que te costó años construir empieza por saber qué firmas. ¿Ya tienes un plan? Mira quién lo expide y cómo se llama el documento: ahí está la primera pista.
¿Qué es la medicina prepagada?
Es un sistema en el que una empresa autorizada organiza o presta tu atención médica por un precio acordado. Pagas por adelantado y te atienden según el plan que contrataste.
Firmas un contrato de servicios con la empresa. Te atiendes con los médicos y las clínicas adscritos a su plan (Decreto 780 de 2016, art. 2.2.4.1.4).
La autoriza y la vigila la Superintendencia Nacional de Salud (art. 2.2.4.1.5). Su nombre debe llevar la expresión «Medicina Prepagada». En su publicidad debe decir que la vigila esa Superintendencia (art. 2.2.4.1.7).
El contrato dura mínimo un año. Entre sus anexos obligatorios están tus declaraciones de salud, las tarifas y los directorios médicos (art. 2.2.4.1.16).
¿Qué es una póliza de salud?
Es un seguro: la aseguradora paga o reembolsa los servicios de salud que cubre el clausulado, hasta el valor asegurado.
La expiden aseguradoras vigiladas por la Superintendencia Financiera (Ley 1438 de 2011, art. 37). Firmas un contrato de seguro. Recibes una carátula, la hoja con tus datos y valores, y un clausulado con las condiciones.
Son ejemplos de aseguradoras con las que trabajamos: SURA (Clásica y Global), Allianz (Care, Gold Plus y Plus) y Bolívar (Salud a su Medida Plan L). No son las únicas.
Un detalle de nombres: Care, Gold Plus y Plus, de Allianz, son seguros de salud, no medicina prepagada. Así los presenta allianz.co, y sus condicionados hablan de un «Contrato de Seguro».
¿Cómo sé si me ofrecen una póliza de salud o una prepagada?
Mira quién lo expide y cómo se llama el documento.
• Medicina prepagada: el nombre de la empresa dice «Medicina Prepagada». Su publicidad menciona a la Superintendencia Nacional de Salud. Firmas un contrato de servicios.
• Póliza de salud: la expide una aseguradora vigilada por la Superintendencia Financiera. Recibes carátula y clausulado, y el documento habla de seguro.
Si tienes dudas, mándanos el documento por WhatsApp y te decimos qué es.
¿En qué cambia cuando las usas?
En la prepagada te atiende la red de médicos y clínicas adscritos a tu plan. Con la póliza de salud, la aseguradora paga en su red y, según el plan, también fuera de ella.
Los seguros que revisamos son distintos entre sí. La Clásica de SURA reembolsa lo que te hiciste sin autorización previa, a las tarifas de su red. Gold Plus de Allianz cubre la hospitalización en red y fuera de red. Salud a su Medida Plan L de Bolívar atiende solo en su red, solo en Colombia, y no reembolsa.
En estos seguros también hay deducibles o copagos: la parte que pagas tú en cada servicio. Su valor está en la carátula o en la tabla de coberturas.
En la prepagada, revisa en tu contrato los copagos, el directorio médico de tu ciudad y si hay reembolso. Sus copagos los aprueba la Superintendencia Nacional de Salud (Decreto 780 de 2016, art. 2.2.4.1.35).
En las dos, tú decides cada vez si usas la EPS o el plan. No te pueden exigir pasar primero por la EPS (art. 2.2.4.2).
¿Qué pasa con las enfermedades que ya tienes?
En las dos, lo que declares al entrar pesa en lo que se cubre. Y al renovar no te pueden sumar preexistencias nuevas.
Preexistencia es una enfermedad que ya tenías al firmar, aunque te la diagnostiquen después (art. 2.2.4.1.17). En la prepagada, las exclusiones deben estar escritas en el contrato; si no están, no te las pueden aplicar (Decreto 780 de 2016, art. 2.2.4.1.18).
En la póliza de salud, debes contar con sinceridad las enfermedades que tienes. Callar algo que habría cambiado la decisión de la aseguradora puede anular el seguro (Código de Comercio, art. 1058).
Hay una excepción para quien superó un cáncer. Si llevas al menos cuatro años sin recaídas tras terminar el tratamiento, no tienes que declararlo al tomar un seguro. Si te lo diagnosticaron siendo menor de edad, el plazo es de dos años. Rige desde el 9 de julio de 2026 (Ley 2475 de 2025, art. 2).
Cada clausulado trata distinto lo que declaras. SURA, en la Clásica, excluye las preexistencias que no declaraste. Bolívar, en el Plan L, cubre las que declares si las acepta por escrito. Allianz, en Care y Gold Plus, puede cubrirlas con una extraprima, es decir, un valor adicional. También puede limitar la cobertura o no aceptar la solicitud.
Al renovar, la ley prohíbe agregar preexistencias nuevas en cualquier plan voluntario de salud (Ley 1438 de 2011, art. 41).
¿Qué no cubren la prepagada y la póliza de salud?
Las dos tienen exclusiones y tiempos de espera. Conócelos antes de firmar.
En la prepagada, el contrato debe precisar qué enfermedades, procedimientos y exámenes excluye, y por cuánto tiempo (Decreto 780 de 2016, art. 2.2.4.1.18).
En los seguros que revisamos, la cirugía estética es una exclusión común. La excluyen SURA en la Clásica (exclusión 4), Allianz en Gold Plus (I.I, num. 1) y Bolívar en el Plan L (num. 3.8). SURA y Bolívar exceptúan la cirugía reconstructiva tras un accidente cubierto.
Los tiempos de espera se llaman carencias. En la Clásica de SURA, las cirugías de emergencia se cubren desde el primer día. En Gold Plus de Allianz, los eventos de urgencia también.
La lista completa está en cada clausulado. Te la mostramos antes de que firmes.
¿Te pueden cancelar el contrato?
La ley no lo permite, salvo que incumplas tus obligaciones. La regla aplica a la prepagada y a la póliza de salud (Ley 1438 de 2011, art. 41).
En la prepagada, además, deben renovarte el contrato si cumples (Decreto 780 de 2016, art. 2.2.4.1.16).
En la póliza de salud, el clausulado dice qué cuenta como incumplimiento. En la Clásica de SURA, por ejemplo: no pagar a tiempo, no declarar con sinceridad tu salud o quedar sin EPS. Sin EPS, ese seguro termina automáticamente.
Cada clausulado también dice cómo se renueva. En la Clásica de SURA y en el Plan L de Bolívar, la renovación es automática. Tú puedes pedir que no se renueve. Antes de firmar, lee completas las causas de terminación.
¿Póliza de salud o medicina prepagada? Las diferencias en una tabla
| Tema | Medicina prepagada | Póliza de salud |
|---|---|---|
| Quién la ofrece | Una empresa de medicina prepagada (Decreto 780 de 2016, art. 2.2.4.1.4). | Una aseguradora (Ley 1438 de 2011, art. 37). |
| Quién la vigila | Superintendencia Nacional de Salud (Decreto 780 de 2016, art. 2.2.4.1.5). | Superintendencia Financiera (Ley 1438 de 2011, art. 37). |
| Qué firmas | Un contrato de servicios de mínimo un año (art. 2.2.4.1.16). | Un contrato de seguro, con carátula y clausulado. |
| Dónde te atienden | Con los médicos y clínicas adscritos al plan (art. 2.2.4.1.4). El contrato dice si hay reembolso. | En la red de la aseguradora. Algunos planes también pagan o reembolsan fuera de ella. |
| Enfermedades que ya tienes | Solo te excluyen las que el contrato diga expresamente (art. 2.2.4.1.18). | Según lo que declares y lo que acepte la aseguradora (Código de Comercio, art. 1058). |
| Al renovar | No pueden sumar preexistencias nuevas (Ley 1438 de 2011, art. 41). | No pueden sumar preexistencias nuevas (Ley 1438 de 2011, art. 41). |
| EPS | Obligatoria: régimen contributivo, o uno de excepción (Decreto 780 de 2016, art. 2.2.4.4). | Obligatoria: régimen contributivo, o uno de excepción (Decreto 780 de 2016, art. 2.2.4.4). |
| Terminación | Solo por incumplimiento, y deben renovarla si cumples (Ley 1438 de 2011, art. 41; art. 2.2.4.1.16). | Solo por incumplimiento (Ley 1438 de 2011, art. 41). Las causas y la renovación están en el clausulado. |
Fuente: Decreto 780 de 2016 (Función Pública); Ley 1438 de 2011, art. 37 y art. 41; Código de Comercio, art. 1058 (Secretaría del Senado). Consultados el 11 de octubre de 2026. Las condiciones de cada póliza están en su clausulado y su carátula.
¿Qué conviene más a los 50: póliza de salud o prepagada?
Depende de tres cosas: la edad de ingreso, las esperas y cómo trata cada plan tus diagnósticos. Si quieres atenderte también fuera de una red, revisa si el plan reembolsa y con qué tope.
La edad para entrar cambia. La Clásica de SURA recibe a menores de 70 años; la Global, a menores de 63. En las dos, una vez adentro, sigues sin importar la edad. Bolívar no pone edad máxima de ingreso ni de permanencia en el Plan L.
También cambian las carencias. En la Clásica de SURA, las cirugías programadas se cubren desde el quinto mes. En Care de Allianz, los eventos programados, desde el día 121.
En una prepagada, pregunta lo mismo. Las exclusiones y su duración deben estar escritas en el contrato (art. 2.2.4.1.18).
¿Viajas o tienes familia afuera? SURA Global cubre tratamientos fuera de Colombia después de seis meses asegurado, con deducibles. Lo comparamos en pólizas de salud internacional.
Lo que dice el clausulado
Cada aseguradora tiene su propio texto: antes de firmar, lee el tuyo.
“En este documento encontrará las condiciones generales de su Contrato de Seguro […]”
“En los casos de tratamientos médicos ambulatorios y hospitalarios o quirúrgicos, y odontológicos por accidente practicados sin autorización previa de SURA, reembolsaremos tus gastos con base en las tarifas acordadas en la Red de Profesionales e Instituciones en Convenio en la ciudad donde fue realizado.”
“La atención se presta solo en Colombia. Debe realizarse a través de la red médica autorizada por Seguros Bolívar y disponible en el directorio médico.”
“Extraprima: prima adicional que permite amparar las enfermedades, secuelas, complicaciones y recidivas declaradas y aceptadas por Allianz.”
En palabras sencillas: Allianz llama a su documento contrato de seguro, no contrato de servicios. SURA te devuelve lo que pagaste por fuera de su red, a las tarifas que tiene con su red. Bolívar atiende solo en su red. Y en Allianz, una enfermedad que declaraste puede cubrirse con un pago adicional, si Allianz la acepta.
¿Cómo te ayudamos en RQ & Cia Seguros?
Somos una agencia de seguros. Te comparamos pólizas de salud de las aseguradoras con las que trabajamos. Si ya tienes una prepagada, revisamos contigo qué cambiaría. No te cobramos nada aparte: nuestra comisión la paga la aseguradora y ya va incluida en el precio del seguro. Somos tus aliados, estamos de tu lado.
Las coberturas dependen de las condiciones de cada seguro.
Tu siguiente paso: escríbenos al WhatsApp 316 934 4447. Cuéntanos tu ciudad, tu EPS y la edad de cada persona que quieres asegurar. Dinos si hoy tienes solo la EPS o también un seguro de salud o una prepagada. Te atendemos en todo el país. Te respondemos lo antes posible en horario hábil.
Conoce las pólizas de salud con atención nacional o cotiza tu seguro de salud. ¿Es para tu equipo de trabajo? Mira la salud colectiva. ¿Comparas con un plan de tu EPS? Lee plan complementario o póliza de salud.
Preguntas frecuentes
Si cambio de prepagada a póliza de salud, ¿pierdo mi antigüedad? ▾
¿La póliza de salud tiene un tope de dinero? ▾
¿Qué pasa con mi seguro de salud si me voy a vivir fuera de Colombia? ▾
¿Puedo incluir a mis papás o a mis hermanos en la póliza de salud? ▾
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Ana Milena Quintero
Especialista en mercadeo y comunicaciones
Ana Milena Quintero es comunicadora social y periodista, especialista en mercadeo, con más de 20 años de experiencia y más de 10 años trabajando con aseguradoras. Tiene un MBA del Tecnológico de Monterrey y una maestría en Marketing Digital de Continental University of Florida. Además, cuenta con la certificación de idoneidad que exige la Superintendencia Financiera para asesorar en seguros (Circular Externa 050 de 2015). Es la autora del blog de RQ & Cia Seguros, donde ayuda a los asegurados a tomar decisiones informadas para proteger lo que les importa. Toda la información se fundamenta y se valida con los clausulados y las políticas de cada aseguradora. Perfil en LinkedIn
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Decreto 780 de 2016, arts. 2.2.4.2, 2.2.4.4, 2.2.4.1.4, 2.2.4.1.5, 2.2.4.1.7, 2.2.4.1.16, 2.2.4.1.17, 2.2.4.1.18 y 2.2.4.1.35 (Función Pública) · Ley 1438 de 2011, art. 37 · Ley 1438 de 2011, art. 41 · Código de Comercio, art. 1058 · Ley 2475 de 2025, art. 2 · SURA, Póliza de Salud Clásica (Plan Salud Clásico), F-14-11-0090-296, versión del 02/03/2026 · SURA, Plan Salud Global, F-14-11-0090-295, versión del 23/02/2026 · Allianz, Salud Care, condicionado general 10/12/2025-1401-P-35-Salud_CareAZ2025-000I, del 10/12/2025 · Allianz, Seguro de Salud Gold Plus (Gold Plus 1), 13/05/2026-1401-P-35-Gold_Plus_AZ2025-000I, del 13/05/2026 · Allianz, Salud Plus Dólares, 13/05/2026-1401-P-35-Salud_PlusAZ2025-000I, del 13/05/2026 · Bolívar, Salud a su Medida Plan L, 07/01/2026-1407-P-35-PH-0000000000231-D00I, del 07/01/2026. Todos consultados el 11 de octubre de 2026.
Cómo hicimos este artículo: lo redactamos con apoyo de inteligencia artificial a partir de los clausulados y las fuentes citadas, y lo revisó Ana Milena Quintero.
Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría para tu caso. Las coberturas dependen de las condiciones de cada seguro. RQ & Cia Seguros es un intermediario de seguros. La aseguradora asume el riesgo y paga, según las condiciones de cada póliza.