Caso ilustrativo: no es un cliente real.
Jorge dejó de renovar su seguro. ¿Quedó cubierto?
Jorge es médico internista en Pereira. Tuvo un seguro por ocurrencia con Solidaria de marzo de 2024 a marzo de 2025. En 2025 cerró su consulta particular y no lo renovó.
En agosto de 2026 le llega una carta. Una paciente que lo contrató en su consulta le reclama por un error en un tratamiento de septiembre de 2024.
Qué dice el clausulado
El hecho pasó durante la vigencia. El reclamo llegó dentro de los dos años siguientes al hecho. Y la paciente contrató a Jorge directamente. Por eso puede entrar en el seguro, aunque ya no esté vigente.
Qué hicimos
- Jorge nos escribió el mismo día. Avisamos a Solidaria dentro de los tres días hábiles que pide el clausulado.
- Antes de que contratara abogado, pedimos la aprobación de Solidaria. Sin ella, no hay reembolso de honorarios.
- Le explicamos el alcance: este seguro paga el daño emergente, es decir, los gastos y pérdidas directas de la paciente. No paga lucro cesante ni daño moral.
La diferencia
Con un seguro por reclamación, como el de SURA para la salud, el reclamo debía llegar con el seguro vigente. Por eso, en esa modalidad, conviene renovar sin cortes.